Prohibidas las quemas agropecuarias
El 15 de junio del 2023, se publicó en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz, el DECRETO QUE PROHÍBE LAS QUEMAS AGROPECUARIAS EN LA ENTIDAD VERACRUZANA, que no cumplan con las condiciones generales que establece la Normal oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario.
El 15 de junio del 2023, se publicó en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz, el DECRETO QUE PROHÍBE LAS QUEMAS AGROPECUARIAS EN LA ENTIDAD VERACRUZANA, que no cumplan con las condiciones generales que establece la Normal oficial Mexicana NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, que establece las especificaciones técnicas de métodos de uso del fuego en los terrenos forestales y en los terrenos de uso agropecuario.
El incumplimiento a las disposiciones contenidas en el artículo 88 fracciones VII, VIII, IX, XVIII, XIX, XX y XXI de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado de Veracruz, dará las siguientes sanciones:
- El equivalente al valor diario de 40 a 1,000 unidades de medida y actualización ($4,149.60 a $103,740.00), de conformidad con el artículo 88 fracción I de la citada ley.
- El equivalente al valor diario de 100 a 200 unidades de medida y actualización ($10,374.00 a $20,748.00) de conformidad con el artículo 88 fracción II de la citada ley.
De conformidad con el articulo 420 Bis fracción IV del Código Penal Federal, se le impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente a trescientos a tres mil días de multa (31, 1222.00), a quien provoque incendios que dañen los ecosistemas.